Un juzgado de lo social condena a la URJC a readmitir a tres profesores por despido improcedente

Fuenlabrada | Jesús Vicente.- El juzgado de lo social número 2 de Móstoles, en Madrid, ha condenado a la Universidad Rey Juan Carlos a readmitir a tres profesores, con categoría de contratado doctor, del Departamento de Computación que fueron despedidos el 31 de agosto de 2012. La sentencia establece que la URJC queda obligada a la reincorporación de estos trabajadores, uno de ellos con 13 años de trabajo en esta universidad, ya que así lo establecen sus contratos y que deben volver a su puesto en el plazo máximo de 30 días. En concreto, en los contratos se señala que "en caso de despido declarado improcedente por sentencia firme de la jurisdicción competente, la universidad optará obligatoriamente por la readmisión". La readmisión se produce en virtud del artículo 1.281 del Código Civil que establece: "Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas".

Los trabajadores recibieron el 3 de agosto una carta mediante la cual la Universidad Rey Juan Carlos aludía como principal motivo de la extinción de los contratos "la fuerte disminución sobrevenida de las partidas de ingresos consecuencia de la reforma de los presupuestos que se establecieron para el 2012 fruto de la aprobación de la ley 4/2012 de la Comunidad de Madrid". Sin embargo, el juez Ignacio de Torres Guajardo, que afirma que la URJC ofreció información "sesgada" y "no real" en la notificación de despido, indica que la referida ley "no se orienta a un recorte del gasto sino a una reorganización del sistema de financiación". De esta manera, y como se enuncia a lo largo de este punto, se debe suplir el gasto público con un incremento en la financiación provocada por el precio de las matrículas.

En el escrito de demanda, los empleados han argumentado un "inadecuado" cálculo de las indemnizaciones recibidas que, como ha determinado la sentencia en su fundamento de derecho tercero, debían ser más cuantiosas. Así, la universidad había abonado la cantidad, en conjunto, de 28.675,66 euros a los despedidos en concepto de indemnizaciones, con el pago de 20 días por año. El juez ha estimado en este punto la reclamación y ha argumentado que en caso de proceder estas remuneraciones lo harían en un total de 50.853,72 euros, a repartir entre los tres. La sentencia es recurrible en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el plazo para notificar la intención de formularlo es de cinco días en los que también se deberá abonar el depósito obligatorio. La sentencia ha sido difundida en la web del candidato a rector David Ríos.

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